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Mensaje votado. Responder al mensaje Voto positivo Escrito por: [nuer] (20:47, 17/May 2008)

Según tengo entendido, no hay que declarar

las ventas de derechos ya que esas ventas lo que hacen es disminuir el valor de adquisición de las acciones de las que proceden.
Cuando vendas esas acciones, restarás el valor de la venta de los derechos del valor de adquisición de esas acciones, con lo que la pluvalía será mayor.
Creo.
Saludos
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