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Mensaje votado. Responder al mensaje Voto positivo Escrito por: [jojo1917] (9:24, 22/Abr 2008)

Como ha despertado la joía por una cosita de ná

Comisión Nacional del Mercado de Valores
Paseo de la Castellana, 19
28046 – Madrid

Madrid, a 22 de abril de 2008

Hecho Relevante

Muy señores míos,

Por la presente AVANZIT informa que en la tarde de ayer le fue notificada una
resolución del Juzgado de Nueva York que entiende del caso de la
reclamación al Banco BNP por los fondos propiedad de AVÁNZIT, en la que
se confirma las pretensiones de AVANZIT y resuelve que AVANZIT sí está
amparada por el Capítulo 15.

Al mismo tiempo, el Juzgado desestima las excepciones que había formulado
BNP Paribas Andes, S.A., solicitando que se rechazara la petición de
reconocimiento presentada, al amparo del Capítulo 15.

Este es un procedimiento iniciado en noviembre de 2007 en Nueva York
mediante el que un Juzgado extranjero pide auxilio en un procedimiento de
bancarrota y solicita el cumplimiento y ejecución de sus decisiones. El
Juzgado de Primera Instancia nº.26 de Madrid, que fue el de la suspensión de
pagos de AVANZIT, resolvió el año pasado que los 25.000.000 de dólares
depositados en BNP Nueva York en 2001 deben ser reintegrados.

Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones consideren oportunas,
Atentamente,
______________________________
D. Javier Tallada García de la Fuente
Presidente Avanzit, S.A.
Conversación:

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